Tribunal Electoral del Poder Judicial de la FederaciónInfografías Jurisprudencia 13/2024 Rubro: Redes sociales. Para acreditar la infracción de una conducta se debe tomar en cuenta la calidad de la persona emisora y el contexto en el que se emite un mensaje. Por Araceli Bastida - marzo 26, 2025 0 FacebookTwitterPinterestLinkedinReddItEmailWhatsAppTelegramVK